1731 - ¿Por qué no es válido un poder notarial y se exige la legitimación de firma ante notario?

1731 - ¿Por qué no es válido un poder notarial y se exige la legitimación de firma ante notario?

1. ¿Qué establece la normativa sobre la identificación del solicitante de un certificado cualificado?

Según establece el artículo 7, apartado 1 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, “la identificación de la persona física que solicite un certificado cualificado exigirá su personación ante los encargados de verificarla”. Así mismo, en dicho apartado se indica que podrá prescindirse de la personación de la persona física que solicite un certificado cualificado “si su firma en la solicitud de expedición del certificado ha sido legitimada en presencia notarial”.

2. ¿Por qué es necesaria la legitimación de firma?

La legitimación de firma en el documento de solicitud de expedición del certificado es necesaria para dar cumplimiento a lo establecido por Ley 6/2020 mencionada anteriormente, así como al artículo 24 del Regamento EU 910/2014.

Adicionalmente, el formulario de solicitud de expedición del certificado es, al efecto, un contrato que incluye las condiciones de uso del certificado. Por este motivo, es imprescindible que el solicitante acepte conscientemente dichas condiciones de uso mediante su firma legitimada ante notario. Un poder notarial no sirve en este caso, ya que no garantiza el cumplimiento de este requisito.

3. ¿Qué ocurre si no se puede realizar la legitimación de firma?

Conforme a la normativa vigente, si el titular del certificado no puede comparecer en la oficina de registro ni realizar la legitimación notarial de su firma, no será posible tramitar la solicitud de expedición del certificado en ningún caso.

4. ¿Qué es la legitimación de firma ante notario?

Según el artículo 256 del Reglamento de la organización y régimen del Notariado (Decreto de 2 de junio de 1944):

La legitimación de firmas acredita que una firma ha sido puesta en presencia del notario o que este reconoce su pertenencia a una persona determinada. El notario únicamente certifica la autenticidad de la firma, pero no interviene en la redacción ni responde del contenido del documento, ni puede corregirlo.

5. ¿Cómo realizar la legitimación de firma ante notario?

Consulta aquí: 1633 - ¿Cómo realizar la legitimación de firma ante notario?

6. ¿Puede otra persona presentar la solicitud?

Sí. Una vez que el solicitante haya legitimado su firma en todas las hojas del formulario (anverso y reverso), podrá autorizar a un tercero para presentar la solicitud en una oficina de registro.

7. ¿Qué documentación debe presentarse?

La persona autorizada deberá aportar:

  • El formulario original con las firmas legitimadas (todas las hojas, anverso y reverso).
  • Una copia del formulario.
  • El documento de identidad original de la persona autorizada que presenta la solicitud.