Persona Jurídica
Representante de Persona Jurídica
¿Quién puede solicitar este certificado?
Según la letra inicial del NIF de su entidad pueden solicitar este tipo de certificado:
- Las sociedades que tengan como administrador único/solidario a otra sociedad.
- A y B: Las sociedades anónimas y limitadas, si el representante de la sociedad es mancomunado, apoderado, socio único, presidente, consejero, consejero delegado solidario, administrador conjunto, liquidador, etc..., y tiene poderes específicos de representación que le permitan obtener este tipo de certificado.
- C: Sociedades colectivas.
- D: Sociedades comanditarias.
- F: Sociedades cooperativas.
- G: Asociaciones L.O. 1/2002, fundaciones, partido político, sindicato, asociación de consumidores y usuarios, organización empresarial, federación deportiva, otras asociaciones distintas de las anteriores con personalidad jurídica. Otras asociaciones.
- J: Sociedades civiles.
- N: Entidades extranjeras con personalidad jurídica, EO procedente EORI, In procedente IVA no establecidos, NR procedente no residentes 210, sociedades anónimas europeas, sociedades cooperativas europeas, corporación, asociación o ente con personalidad jurídica con presencia en España, embajadas, consulados u oficina comercial país extr. en España.
- Q: Organismos públicos.
- R: Congregaciones e instituciones religiosas.
- S: Gobiernos de las CC.AA.
- P: Ayuntamientos o diputaciones.
- V: Sociedad agraria en transformación, agrupación de interés económico, agrupación europea de interés económico, etc...
Ayuda: ¿Qué certificado de representación debo solicitar?
¿Cómo puedo obtener el certificado?
El proceso de obtención del certificado de representante de persona jurídica se divide en cuatro pasos, que deben realizarse en el orden señalado:
- Configuración previa. Para solicitar el certificado es necesario instalar el software que se indica en este apartado.
- Solicitud vía internet de su Certificado. Al finalizar el proceso de solicitud, recibirá en su cuenta de correo electrónico un Código de Solicitud que le será requerido en el momento de acreditar su identidad y posteriormente a la hora de descargar su certificado.
- Acreditación de la identidad
Acreditación On Line: (Recomendada) Sólo para entidades con NIF A, B, C y D.
Acreditación en una Oficina de Acreditación de Identidad: Compruebe en este apartado la documentación necesaria a aportar. Deberá personarse con su Código de Solicitud en las Oficinas de Acreditación de identidad de la Agencia Tributaria, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, o de la Comunidad Foral de Navarra.
NOTA: En las oficinas de la AEAT se requiere cita previa. La CNMV tiene un procedimiento específico que podrá consultar en este apartado.
- Descarga de su Certificado. Aproximadamente 1 hora después de que haya acreditado su identidad en una Oficina de Acreditación de Identidad y haciendo uso de su Código de Solicitud, desde aquí podrá descargar e instalar su certificado, así como realizar el pago y realizar una copia de seguridad (RECOMENDADO).
El precio de este certificado es de 14 Euros, impuestos no incluidos, y se emite con un periodo de validez de 2 años.
Sólo se admite el pago con tarjetas de crédito/débito.
Si lo desea puede adquirir un kit lector+tarjeta criptográfica para dotar a su certificado de mayor seguridad de uso y custodia. Cuando descargue su certificado podrá hacer una copia de seguridad e importarlo a la tarjeta. Ver kits lector-tarjeta.
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