Entidad sin Personalidad Jurídica
Representante de Entidad Sin Personalidad Jurídica
¿Quién puede solicitar este certificado?
Según la letra inicial del NIF de su entidad pueden solicitar este tipo de certificado:
- E: Las comunidades de bienes, herencias yacentes, titularidad compartida de explotaciones agrarias.
- H: Comunidades de propietarios.
- N: Corporación o ente independiente pero sin personalidad jurídica con presencia en España, conj. unit. bienes perteneciente a 2 o más personas en común sin personalidad jurídica con presencia en España, entidades en atrib. rentas constituidas en el extranjero sin presencia en España, otras entidades sin personalidad jurídica distintas de las reflejadas en el apartado de representante de persona jurídica.
- P: Juntas vecinales, departamento u órgano dependiente de la Administración sin personalidad jurídica.
- S: Órganos de la administración central y autonómica, excepto los Gobiernos de las CC.AA.
- U: Unión temporal de empresas.
- V: Otros tipos sin personalidad jurídica como son: grupo político, fondo de inversiones, fondo de capital-riesgo, fondo de pensiones, fondo de regulación de mercado hipotecario, fondo de titulización hipotecaria, fondo de titulización de activos, fondo de garantía de inversiones, comunidad titular de montes vecinales en mano común, fondos de activos bancarios, otras entidades sin personalidad jurídica.
- W: Entidades no residentes con establecimiento permanente en España.
Ayuda: ¿Qué certificado de representación debo solicitar?
¿Cómo puedo obtener el certificado?
El proceso de obtención del certificado de representante de entidad sin personalidad jurídica se divide en cuatro pasos, que deben realizarse en el orden señalado:
- Configuración previa. Para solicitar el certificado es necesario instalar el software que se indica en este apartado.
- Solicitud vía internet de su Certificado. Al finalizar el proceso de solicitud, recibirá en su cuenta de correo electrónico un Código de Solicitud que le será requerido en el momento de acreditar su identidad y posteriormente a la hora de descargar su certificado.
- Acreditación de la identidad en una Oficina de Acreditación de Identidad. Compruebe en este apartado la documentación necesaria a aportar. Deberá personarse con su Código de Solicitud en las Oficinas de Acreditación de Identidad de la Agencia Tributaria, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, o de la Comunidad Foral de Navarra.
NOTA: En las oficinas de la AEAT se requiere cita previa. La CNMV tiene un procedimiento específico que podrá consultar en este apartado.
- Descarga de su Certificado. Aproximadamente 1 hora después de que haya acreditado su identidad en una Oficina de Acreditación de Identidad y haciendo uso de su Código de Solicitud, desde aquí podrá descargar e instalar su certificado y realizar una copia de seguridad (RECOMENDADO).
Si lo desea puede adquirir un kit lector+tarjeta criptográfica para dotar a su certificado de mayor seguridad de uso y custodia. Cuando descargue su certificado podrá hacer una copia de seguridad e importarlo a la tarjeta. Ver kits lector-tarjeta.
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