Acreditar Identidad Presencial

Apartado en construcción. NO realice ninguna solicitud a través de los siguientes enlaces.

3. Acreditar Identidad Presencial

Tras haber realizado la configuración previa (paso 1) y haber completado la solicitud de su certificado (paso 2), ya estará en posesión de su Código de Solicitud. Para continuar el solicitante y futuro titular del certificado deberá acudir personalmente a una Oficina Consular para acreditar su propia identidad.

NOTA: Cuando acredite su identidad en una oficina de acreditación de identidad tendrá inmediatamente disponible la descarga de su certificado por lo que le recomendamos descargarlo lo antes posible.

Documentación necesaria para acreditar identidad:

Sólo podrán solicitar el certificado los mayores de 18 años. El solicitante del certificado deberá presentarse en las Oficinas Consulares de carrera de España en el extranjero para acreditar sus datos con el pasaporte válido, vigente y en formato original o en su defecto, una fotocopia compulsada oficialmente.

El Servicio de asignación de Certificado Digital para españoles residentes en el extranjero, está dirigido a aquellos ciudadanos que, no teniendo DNI en vigor, cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar inscritos en el Registro de Matrícula Consular (RMC)
  • Dispongan de un pasaporte español en vigor
  • Tengan asignado un Número de Identificación Consular Central (NICC)

Si no cumple alguno de estos requisitos, puede consultar el trámite correspondiente (Inscripción en el RMC, tramitación de pasaporte u obtención o consulta del NICC) en la siguiente página web, seleccionando el trámite para la oficina consular que le corresponda: Servicios Consulares

¿Dónde puede acreditar su identidad?

Puede dirigirse a las Oficinas Consulares de carrera de España en el extranjero, no siendo posible en los registros aduaneros.

Puede consultar las Oficinas Consulares de España en el extranjero donde puede gestionarse la obtención del certificado de ciudadano.