1632 - ¿Se puede solicitar un certificado de representación de personas físicas?
Atzealdea 1632 - ¿Se puede solicitar un certificado de representación de personas físicas?
En la actualidad la FNMT – RCM no expide este tipo de certificados, por lo que no es posible su obtención, aun cuando la persona que actúe por representación pueda acreditar que es el representante legal o voluntario del representado. Ya que el usuario no actúa por sí mismo, sino que un tercero actúa en su representación.
Esta opción, que en principio puede parecer válida, se ha descartado por el riesgo legal del uso no autorizado o fraudulento, especialmente en situaciones como fallecimiento del representado, revocación del poder o falta de firmeza de una sentencia.
En la mayoría de los sistemas actuales cuando se interactúa telemáticamente con la administración existe la figura del representante. Cuando alguien actúa en representación de un tercero, puede hacerlo con su certificado y aportar la documentación que le otorga la representación de este tercero. También existen los registros de apoderamiento, donde se puede registrar esta representación.
En cuanto a los desplazamientos no es necesario en todos los casos, pues la FNMT-RCM admite la legitimación de firma en presencia notarial, que evita que la persona que quiere obtener el certificado deba desplazarse. El notario suele acudir al domicilio del usuario para realizar esta legitimación de firma presencial.
Lamentamos mucho la problemática que nos plantea, la FNMT-RCM trabaja constantemente en llegar a todos los posibles usuarios de certificados electrónicos, pero siempre salvaguardando la seguridad de los usuarios del sistema.