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1717 - ¿Qué documentación es necesaria para emitir un certificado para un grupo político/parlamentario?

En relación con la emisión de un certificado de firma electrónica, la documentación a aportar sería:

Para la entidad:

  • Documento de constitución del grupo. En relación con el documento de constitución, no sería necesaria su aportación si la oficina de registro es la AEAT (Apartado Tercero, nº 3 de la Orden EHA/3256/2004, de 30 de septiembre)

Para el representante:

  • En relación con la representación y, según el Procedimiento de Registro (https://www.sede.fnmt.gob.es/documents/10446703/10515015/re_pr_representantepj_representanteespj.pdf), deberá presentar el documento de designación como representante legal del grupo parlamentario y si no fuera representante legal, sino voluntario, el documento de designación de representante o apoderado con facultad para solicitar y utilizar el certificado de firma electrónica (con cláusula especial), ver modelo Anexo III en el Procedimiento de Registro.