1658 - ¿Por qué ahora tiene coste?

Back 1658 - ¿Por qué ahora tiene coste?

En el año 96 la FNMT-RCM a través del proyecto CERES apostó por implementar un conjunto de herramientas que suponía un gran ahorro para los usuarios y la administración, permitiendo que la realización de trámites que requerían de presencia física de los usuarios en las administraciones, pudieran realizarse a través de internet.

Estas herramientas permitían ahorros en tiempo (colas, desplazamientos, etc.), materiales (papel), personal, etc., a todos los actores implicados como personas físicas, jurídicas y administraciones.

Con el paso del tiempo el uso de los certificados electrónicos ha pasado de ser algo casi anecdótico a ser algo prácticamente imprescindible en nuestro día a día. En la actualidad se realizan millones de transacciones diarias en las que interviene el uso de los certificados electrónicos.

Todo esto ha motivado que el uso de los certificados esté cada día más regulado por multitud de organismos nacionales e internaciones que supervisan de forma conjunta la evolución de estos certificados y el uso que se hace de los mismos. Todo ello para dotarlos de un carácter universal que permita su uso en cualquier entorno, evitando problemas de entendimiento entre los posibles actores implicados en las transacciones electrónicas que se realizan.

A todo esto, hay que unir las actualizaciones tecnológicas que hay que aplicar a los certificados para dotarlos cada día de una mayor seguridad.

El carácter universal de los servicios a los que se pretende llegar con los certificados, ya no estamos hablando de AGE o Administración Local, hablamos de la Unión Europea y otros países del mundo que admiten transacciones con certificados electrónicos. Las nuevas necesidades tecnológicas impulsadas por el software y dispositivos que hacen uso de los certificados como pueden ser navegadores o dispositivos móviles, nos llevan a replantearnos el modelo de trabajo actual, para poder dotar a las empresas de un certificado que se adapte a la nueva normativa europea (eIDAS) y que tenga las medidas de seguridad exigidas por los nuevos entornos de uso del certificado.

Conforme a la mencionada normativa europea, a partir del 1 de julio de 2016 deben dejar de emitirse certificados de firma electrónica a favor de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, si bien estos certificados (conforme a las directrices del Ministerio de Industria, Energía y Turismo) podrán seguir utilizándose hasta su caducidad o revocación. Para sustituir a dichos certificados, se podrán utilizar certificados de firma electrónica representante de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica.

Aprovechando la necesidad de adaptarnos a esta normativa, la FNMT – RCM ha desarrollado una nueva Autoridad de Certificación, con algoritmos y claves criptográficas más robustas, que emitirá a partir del 6 de junio de 2016 tres nuevos tipos de certificado:

  • Certificado de Representante para administrador único o solidario.
  • Certificado de Representante de Persona Jurídica.
  • Certificado de Representante de Entidad sin Personalidad Jurídica.

Los nuevos certificados de representante de persona jurídica tendrán un coste de 14€ y los de administrador único o solidario de 24€, impuestos no incluidos. La diferencia de precios estriba en el coste asumido por la FNMT – RCM de la comprobación en línea ante el registro mercantil de las facultades de representación del administrador único o solidario

El nuevo certificado tiene una serie de ventajas/mejoras:

  • Los nuevos certificados de representación de persona jurídica pueden ser utilizados para la relación con cualquier Administración.
  • Los nuevos certificados de representación de administrador único o solidario pueden ser utilizados para las relacionarse con las AAPP y con empresas privadas (contratación de bienes o servicios). Adicionalmente, la conexión entre FNMT – RCM y el Colegio de Registradores dota a este tipo de certificados de una mayor seguridad jurídica: el certificado quedará revocado en los casos de disolución de la entidad representada o de terminación de la representación.
  • Sin coste adicional, los nuevos certificados de representación son de validación abierta, esto implica que no se requiere de la firma de ningún contrato/convenio con la FNMT-RCM y pueden emplearse en multitud de productos que ofrece la Administración y en las relaciones comerciales con terceros para la firma de facturas, envío de correos, firma de PDFs, etc.
  • Estos certificados incorporan las últimas recomendaciones de seguridad, lo que supone una mejora tecnológica de los mismos, dando mayor seguridad al uso de los certificados electrónicos en las transacciones telemáticas.
  • Si se dispone de un certificado de persona física de la FNMT-RCM o un DNIe, se puede obtener el certificado de administrador único o solidario sin tener que personarse en una oficina de registro, identificándose a través de internet (siempre y cuando el certificado de persona física no provenga de una renovación). En cualquier caso, ya no es necesario ir al registro mercantil para la acreditación de las facultades de representación, reduciendo el número de viajes/trámites que se necesitan para obtener el certificado.
  • Se emite conforme al Reglamento Europeo de Identificación Electrónica (eIDAS), obteniendo así validez a nivel europeo.
  • El nuevo certificado cuenta con un servicio de soporte técnico específico.