1719 - ¿Qué documentación debe aportar un Consejo de Administración con Consejero Delegado?

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Para expedir un certificado de firma electrónica de representante de persona jurídica a una entidad con Consejo de Administración con Consejero Delegado deberá aportar la siguiente documentación:

  • Documentación relativa a la entidad, las sociedades mercantiles y demás personas jurídicas cuya inscripción sea obligatoria en el Registro Mercantil, certificado reciente del Registro Mercantil, expedido con fecha no superior a quince días hábiles anteriores a la fecha de solicitud del certificado de persona jurídica, relativo a los datos de constitución y personalidad jurídica de las mismas, será válida, a estos efectos, una nota simple con todas sus hojas selladas por el Registro.
  • Documentación relativa al representante. Certificado del correspondiente Registro Mercantil relativo a su nombramiento y vigencia de su cargo, siendo válida a estos efectos una nota simple con todas sus hojas selladas por el Registro. Dicho certificado deberá haber sido expedido durante los quince días hábiles anteriores a la fecha de solicitud del certificado de persona jurídica. Si en este certificado del Registro Mercantil indica que el consejero delegado tiene atribuidas todas las funciones menos las indelegables, los dos documentos indicados aquí son suficientes. En caso de no tener todas las funciones o estar limitadas, además de la documentación del Registro Mercantil, se tendrá que aportar escritura de elevación a público de los acuerdos del Consejo conteniendo la delegación/apoderamiento con las facultades expresamente detalladas junto con una cláusula especial para la solicitud y uso del certificado de firma electrónica (ver Anexo I de documentación (A y B)). En este caso, al tener una limitación de facultades es necesario, por seguridad jurídica, que se inserte la cláusula especial.

También son válidos certificados del Registro Mercantil, obtenido electrónicamente con CSV.